Este dictámen analizó las cuatro imágenes seleccionadas por el perito en medicina forense.
El artículo 2 inciso c es muy claro en la definición de pornografía infantil.
Tomando en cuenta que la investigación en Costa Rica pretendió descubrir una banda transnacional de trata de personas, es el único criterio aplicable en todas las jurisdicciones involucradas.
También es la razón por la que las autoridades de Alemania, Estados Unidos y Japón ignoraron el oficio 1053-IP-2016.